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R.M. Nº 138 - 2018 -MINEDU: Modifica las Rubricas de Observacion de Aula


Mediante la Resolución Ministerial N° 138 – 2018 – MINEDU, se resuelve modificar el instrumento pedagógico denominado "Rúbricas de Observación de Aula”, aprobado como Anexo 1 de la Resolución de Secretaría General Nº 078-2017-MINEDU, modificado por la Resolución de Secretaría General Nº 237-2017-MINEDU; el mismo que. quedará redactado conforme al Anexo que forma parte integrante la presente Resolución.

Y disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Misterio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".


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NOMBRAMIENTO DOCENTE 2018: Maestros concursaran por 75 mil plazas de ascenso y nombramiento este año - 2018


Minedu lanza cuatro concursos públicos, además de evaluaciones de desempeño para maestros, directivos de escuelas, de UGEL y DRE. Sutep pide mayor número y mejor distribución de vacantes: Los docentes de aula, directivos y especialistas de colegios públicos tendrán este año la oportunidad de postular a más de 75 mil plazas que el Ministerio de Educación (Minedu) pondrá en concurso bajo diversas modalidades.

De acuerdo con el cronograma del Minedu, habrá cuatro concursos para cubrir estas plazas, además de cuatro evaluaciones de desempeño de maestros y directivos de instituciones educativas, unidades de gestión educativa local (UGEL) y direcciones regionales de educación (DRE).

Concursos y Vacantes

Veamos. El concurso de acceso a cargos directivos de escuelas públicas y de especialistas en educación de las UGEL y las DRE, ya se encuentra en marcha, pues fue convocado en febrero, y para el mismo se han destinado 9.320 vacantes.

El Minedu también dispuso 28 mil plazas para el concurso de ascenso en educación básica que se desarrollará desde julio próximo.

En este proceso las vacantes se reparten así: 9.000 plazas para ascender a la segunda escala magisterial, 7.000 para la tercera y 5.000 para la cuarta; 4.500 para la quinta, 1.500 para la sexta y 1.000 para la sétima escala.

El siguiente concurso a ser convocado será el de nombramiento docente, para el que han sido destinadas 38 mil plazas a nivel nacional.

También vendrá el concurso de ascenso en educación técnico productiva, donde habrá 2.232 plazas.

Cabe indicar que ahora los concursos de nombramiento se realizarán anualmente hasta el 2022, ya que lo que busca el Minedu es que a ese año el porcentaje de nombrados crezca al 75% (equivalente a más de 284 mil maestros); mientras que el de contratados se reduzca al 25% (94 mil).

Continuando con los concursos, en abril se convocará la evaluación de desempeño docente dirigida a 17.500 profesores de educación inicial.

En este caso se aplicarán instrumentos como la observación en aula, la pauta de observación de la gestión del espacio y los materiales en el aula; la valoración de responsabilidad y compromiso del docente, así como encuestas a padres de familia.

Este año se evaluará también a 13.883 directores y subdirectores de colegios públicos. De esta manera, en conjunto, al final del año serán más de 30 mil los evaluados.

Además, el Minedu viene implementando desde enero una evaluación de desempeño a 421 directivos de UGEL y de las DRE, proceso que concluirá en julio próximo.

Estos procesos permitirán tener un diagnóstico individualizado de la labor de cada maestro o funcionario para, en base a ello, desarrollar procesos de capacitación y fortalecimiento docente, según las necesidades identificadas en cada caso, señala el Minedu.



La clave

En el último concurso de nombramiento docente se lanzaron 37 mil vacantes, pero solo se ocuparon 10 mil 750 (menos de un tercio). Los docentes del primer nivel ahora ganan S/ 2.000.

Agradecer a todos por compartir nuestros enlaces en las redes sociales y compartir con los demás maestros y maestras.. 

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MINEDU nombrara a mas de 14 mil docentes cada año hasta el 2022


Las evaluaciones para ingreso a la Carrera Pública Magisterial serán anuales y no cada dos años. El Minedu pondrá a concurso 37 mil plazas. Sutep pide ajustes en el proceso. Se espera que nombrados representen el 75% y los contratados el 25%: El concurso con el que los profesores obtienen su nombramiento y trabajan de manera estable en los colegios públicos, se realizará anualmente y ya no cada dos años como lo establecía la actual Ley de Reforma Magisterial.

Esto luego de que el jueves el Pleno del Congreso aprobara por unanimidad el proyecto de ley N° 2319/2017, presentado por el Poder Ejecutivo, el cual plantea que estas evaluaciones se apliquen cada año entre el 2018 y 2022.

En la actualidad, los maestros nombrados representan el 56% del total nacional (cerca de 230 mil) y los contratados el 44% (entre 160 y 170 mil).

Ahora, lo que busca el Ministerio de Educación (Minedu) es que al 2022 el porcentaje de nombrados crezca al 75% (equivalente a más de 284 mil); mientras que el de contratados se reduzca al 25% (94 mil).

Para llegar a este punto, según el dictamen aprobado, cada año se pondrá a concurso cerca de 37 mil plazas. De estas, se espera que alrededor de 14 mil sean ocupadas.

Otros concursos

Otro anuncio realizado por el Minedu tiene que ver con el ascenso en la escala magisterial. Según señalan, están postulando 160 mil maestros, de los cuales podrían ascender 28 mil desde la segunda hasta la séptima escala. Para la sexta habrá mil vacantes y para la séptima, 1.500. Y también se está convocando concursos para cubrir 10 mil plazas de directores y subdirectores.

Claves

Los docentes que ingresan a la carrera (nombramiento docente) ganan 2 mil soles.

Fuente: larepublica.pe

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MINEDU: Sepa cuando se inicia el Nombramiento Docente 2018 Aprobado por el Congreso de la Republica


El Pleno del Congreso de la República aprobó por unanimidad el proyecto de ley N° 2319/2017, presentado por el MINEDU, el cual plantea que estas evaluaciones se apliquen cada año entre el 2018 y 2022: La norma legal que modifica la Ley de Reforma Magisterial saldría en los próximos días, luego el Ministerio de Educación estaría anunciando la convocatoria a Concurso de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial.

CONVOCATORIA

Este proceso comenzaría en mayo próximo, y las evaluaciones serían entre setiembre y octubre. Los maestros titulados inscritos se someterán a dos etapas: la prueba escrita y la observación en el aula, entrevista y análisis de trayectoria. El ingreso se efectuará en enero del 2019.

Revisarán evaluación

El año pasado, cuando se realizó el último concurso de este tipo (Nombramiento Docente), también se lanzaron 37 mil vacantes, pero se ocuparon poco más de 10 mil 750 (menos de la mitad). Solo el 5% de postulantes pasó la evaluación.

Al respecto, el titular del Minedu, Idel Vexler, señala que se mantendrán las pruebas, pero se revisarán los instrumentos que se utilizan.



Por su parte, el experto en Educación, César Guadalupe, considera necesario mantener los estándares en las evaluaciones. "Pocos aprobaron el examen del año pasado. Pero el nivel no debe bajar".

Otro punto a tomar en cuenta es que en los últimos años el ritmo de crecimiento de docentes ha sido mayor al de estudiantes, por lo que investigadores del tema educativo creen oportuno que antes de concursos anuales, se ejecuten estudios sobre el número de docentes requeridos y su distribución en el territorio.

Vexler señala al respecto que "no se aumenta el número de profesores, sino el porcentaje de los nombrados". En relación a si la cifra total es necesaria, "se verá en los procesos de racionalización".

El secretario de Defensa del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Perú (Sutep), Lucio Castro, opina que son necesarios los nombramientos anuales, pero debe afinarse su proceso.

FUENTE:  MINEDU

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Bases del V Concurso Nacional de Dibujo y Narracion - "Los Abuelos Ahora" 2017


Martes 04 de julio: 

Lanzamiento del V Concurso Nacional Escolar de Dibujo y Narración “Los Abuelos Ahora” y publicación de las bases en la página web del Programa Nacional de Asistencia Solidaria – Pensión 65.  



Hasta el lunes 18 de septiembre: 

Recepción de trabajos en las Unidades Territoriales de Pensión 65 donde se encuentra ubicado el colegio participante. En Lima los trabajos se pueden recibir en la oficina de la Unidad Territorial, situada en Calle Colón 496 (a 3 cuadras de la Municipalidad). Huacho, Huaura, Lima y en la oficina del Programa, ubicada en la calle Cerro Prieto 421, Monterrico - Surco.

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R. M. N° 392-2017-MINEDU - Modifican Cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - Educacion Basica




Lima, 5 de julio de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0118831-2017, el Informe Nº 604-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 633 -2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; 

 CONSIDERANDO: 

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; 

 Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala, que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente; 

 Que, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N°004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada; 

 Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 018-2017-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de Educación Básica 2017"; la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dichos concursos; 

 Que, de conformidad con el numeral 6.1.2 de la precitada Norma Técnica, excepcionalmente, el Ministerio de Educación puede modificar las fechas del cronograma de los referidos Concursos, situación que debe ser difundida oportunamente en su portal institucional, en el de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local; 

 Que, mediante Resolución Ministerial N° 072-2017-MINEDU se convoca a los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de Educación Básica 2017, y como anexo se aprueba el cronograma de dichos concursos, el mismo que fue modificado con Resolución Ministerial N° 231-2017-MINEDU; 

 Que, a través del Oficio Nº 956-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 604-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de modificar los rubros "Concurso de Nombramiento", "Etapa Excepcional del Concurso de Nombramiento" y "Concurso de Contratación Docente" del cronograma de los precitados concursos, debido a que, por el incremento de plazas que se pondrán a concurso, se debe incorporar una segunda prepublicación de plazas y las actividades que de esta se desprenden; lo señalado permitirá que las plazas se publiciten y que las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local puedan efectuar las subsanaciones y actualizaciones que correspondan; 



Que, asimismo, señalan en dicho Informe, que como consecuencia de lo antes descrito, es necesario modificar, con eficacia al 28 de junio de 2017, el plazo de la actividad del referido cronograma "Conformación de los Comités de Evaluación", lo que permitirá conformar Comités adicionales que evalúen a los postulantes a las nuevas plazas puestas a concurso; 

 Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; régimen que, de conformidad con lo señalado en el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Texto Único Ordenado, es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; 

 Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Dirección General de Desarrollo Docente y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; 

 De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución de Secretaría General N° 018-2017-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de Educación Básica 2017"; 

 SE RESUELVE: 

 Artículo Único.- Modificar, con eficacia al 28 de junio de 2017, la actividad "Conformación de los Comités de Evaluación"; así como, los rubros "Concurso de Nombramiento", "Etapa Excepcional del Concurso de Nombramiento" y "Concurso de Contratación Docente", del Cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de Educación Básica 2017, aprobado por Resolución Ministerial N° 072-2017-MINEDU y modificado por Resolución Ministerial N° 231-2017-MINEDU;  


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NUEVO CRONOGRAMA: Plazas para Nombramiento Docente saldra el Martes 18 de Julio


NUEVO CRONOGRAMA:

PLAZAS PARA NOMBRAMIENTO DOCENTE SALDRA EL MARTES 18 DE JULIO
(R.M.Nº 392-2017-MINEDU)

Mediante Resolución Ministerial el Minedu modificó el cronograma de concurso público de docentes: 

El próximo martes 18 de julio, el Ministerio de Educación (Minedu), publicará el total de las plazas puestas a concurso para nombramiento docente. En ese sentido, dio a conocer que 1560 docentes en la región Junín pasaron a la etapa descentralizada en Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica.

JURISDICCIÓN. Es preciso mencionar que 11625 docentes se inscribieron en este proceso. Pero, solo ese número de maestros llegaron a aprobar el examen. Es así que serán los que pasen a la etapa descentralizada para nombramiento, que se realizará entre el 25 de julio y el 29 de setiembre.

En la etapa descentralizada, los docentes serán evaluados por un comité que analizará su trayectoria profesional y sus capacidades pedagógicas. Para ello se realizarán entrevistas y observaciones en aula.



Los profesores que no superen esta etapa podrán tentar alguna de las plazas que se habilitarán para contratación docente.

Dos días después, los postulantes escogerán las plazas de su interés en una única región y en el mismo grupo de inscripción elegido, a través de la web del Minedu.

CAMBIO. A través de la Resolución Ministerial N° 392-2017-MINEDU, se modificó el cronograma, es así que el 15 de enero de 2018 se tendrá resultados finales.

NORMA LEGAL. Los docentes que postulan a estos cargos deben de estar atentos al cronograma modificado.



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Licencias y Permisos de acuerdo a lo establecido en la ley 29944 - Ley de Reforma Magisterial




LICENCIAS Y PERMISOS DE ACUERDO A LA LO ESTABLECIDO EN LA LEY 29944 - LEY DE REFORMA MAGISTERIAL

Es el derecho del profesor para no asistir al centro de trabajo por uno o más días.

Es formalizada por la resolución emitida por la DRE o UGEL.


Características


  • Se inicia en centro laboral y culmina en la instancia superior correspondiente.
  • Puede ser con goce o sin goce de remuneraciones.
  • Es a petición de parte, dirigida al titular de la entidad.
  • La sola presentación de la solicitud no da derecho al goce de licencia.
  • Para el cómputo de licencias por cada cinco (5) días consecutivos o no, se acumulará sábados y domingos, incluyendo feriados o días no laborables.
  • Es temporal, no excede el período máximo establecido para cada tipo de licencia, previo cumplimiento de requisitos y condiciones
  • El tiempo que dure la licencia con goce de remuneraciones, se computa como tiempo de servicios.


LICENCIA CON GOCE DE REMUNERACIONES

POR INCAPACIDAD TEMPORAL

En este caso, corresponde al empleador el pago de remuneraciones hasta por los primeros 20 días, correspondiendo a EsSalud, el pago del subsidio a partir del vigésimo primer día hasta un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos.

Si EsSalud, a través de la Comisión de Evaluación diagnostica incapacidad permanente, la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada cesará al profesor por este motivo.

La Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, debe abonar la diferencia remunerativa con el subsidio que otorga ESSALUD hasta completar el 100% de la remuneración.

POR FALLECIMIENTO DE PADRES, CÓNYUGE O HIJOS

Se concede al profesor licencia con goce de remuneraciones por el fallecimiento de padres, cónyuge o hijos, siendo:

Por ocho (8) días calendario y si el deceso y sepelio se produjera en la provincia donde está ubicado su centro de trabajo; la licencia, es por quince (15) días calendario si el deceso o sepelio es en provincia distinta al de su centro de trabajo.

La licencia, se computa a partir del día siguiente del fallecimiento. Se concede sin deducción del periodo de vacaciones

POR MATERNIDAD

Es el derecho que tiene la madre, a gozar de 45 días de descanso pre-natal y 45 días de descanso post-natal.

Según el informe de incapacidad temporal, el goce puede ser diferido, parcial o totalmente y acumulado al periodo post-natal, a decisión de la trabajadora gestante, comunicando a la instancia de gestión educativa dos meses antes de la fecha probable del parto.

El descanso post-natal se extenderá 30 días naturales adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.

En caso de adelanto de alumbramiento, los días de adelanto se acumularán al descanso post-natal. Si el alumbramiento es después de la fecha probable de parto, los días de retraso serán considerados como descanso médico por incapacidad temporal.

POR ADOPCIÓN

El servidor tiene derecho a una licencia con goce de haber por 30 días naturales, a partir del día siguiente de la resolución de adopción y la firma del acta de entrega del niño, siempre que el adoptado no tenga más de 12 años de edad.

La falta de comunicación al empleador en un plazo de 15 días naturales a la entrega del niño impide al trabajador el goce de esta.

Si los trabajadores peticionarios de adopción son cónyuges, la licencia será tomada por la mujer.

POR PATERNIDAD

El profesor tiene derecho a licencia remunerada por paternidad por cuatro (4) días hábiles consecutivos, en caso de alumbramiento de cónyuge o conviviente.

La licencia se computa desde la fecha que el profesor indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del hijo y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo.

El profesor debe comunicar al empleador, con una anticipación no menor de 15 días naturales, respecto de la fecha probable del parto.

POR ENFERMEDAD GRAVE O TERMINAL O SUFRAN ACCIDENTE GRAVE FAMILIARES DIRECTOS

Se otorga licencia con goce de haber en caso de enfermedad grave o terminal o accidente grave de hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente del docente, que ponga en serio riesgo su vida y deba ser asistido.

El profesor tendrá derecho a licencia por el máximo de siete (7) días calendario con goce de haber, pudiendo concederse por un lapso adicional no mayor de treinta (30) días, a cuenta del derecho vacacional, para lo cual se adjuntará el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado.

POR SINIESTROS

Se concede por razones de hechos fortuitos como: terremotos, inundaciones, huaycos u otros; o por causa de fuerza mayor como: incendios, conmoción social u otros.

Es determinada por la autoridad competente, sin exceder el plazo de treinta (30) días calendario.

POR REPRESENTACIÓN SINDICAL



Se otorga a cuatro (4) miembros de la Junta Directiva del Sindicato o Federación Magisterial, constituidos para la defensa de los derechos e intereses del Magisterio Nacional, que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos – ROSSP correspondiente.

Por cada DRE corresponde licencia con goce de remuneración a un (1) representante del Sindicato Base del Sindicato Magisterial o Sindicato de Profesores debidamente inscrito en el ROSSP.

Es por un (1) año, renovable hasta por el periodo que dure el mandato del representante sindical, conforme lo establece el estatuto inscrito en el ROSSP.

Para la negociación colectiva se debe tener presente lo dispuesto por el artículo 9° del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil.

POR OTRAS CAUSAS


  • Por estudios de postgrado, especialización o perfeccionamiento

El profesor puede solicitar licencia por estudios de posgrado, especialización o perfeccionamiento, autorizados por el MINEDU y los gobiernos regionales.

Se otorga hasta por un máximo de dos años, bajo las siguientes condiciones:

◦Acreditar un mínimo de tres años como profesor nombrado.

◦Contar con el auspicio o propuesta de la casa superior de estudios a través de Pronabec o por Concytec.

◦Compromiso a servir en su entidad el doble del tiempo de licencia, contados a partir de su reincorporación.

El profesor al que se le otorga licencia por estudios no podrá  solicitar una nueva licencia de este motivo antes de que transcurra un período equivalente al doble de la licencia concedida.


  • Por capacitación organizada por el Ministerio de Educación o los gobiernos regionales

Se otorga al profesor para participar en proyectos de innovación pedagógica e investigación educativa, sistematización de experiencias, pasantías, viajes de estudio y proyectos pedagógicos, científicos y tecnológicos, promovidas por el Ministerio de Educación o los gobiernos regionales.


  • POR ASUMIR REPRESENTACIÓN OFICIAL DEL ESTADO PERUANO

Se otorga al profesor por asumir representación oficial del Estado Peruano que represente al Perú en certámenes de carácter nacional y/o internacional de carácter científicos, educativo, cultural y deportivo. La resolución de licencia será expedida por la instancia de gestión educativa descentralizada (DRE o UGEL) y es hasta por 30 días.


  • POR CITACIÓN EXPRESA JUDICIAL, MILITAR O POLICIAL

Se concede al profesor que debe concurrir a lugar geográfico diferente a su centro laboral para resolver asuntos, judiciales, militares o policiales, previa presentación de la notificación. Se otorga por el tiempo que dure la concurrencia más el término de la distancia. La licencia no procede por privación de la libertad. De ser el caso, la instancia de gestión educativa descentralizada evalúa la situación laboral del servidor.


  • POR DESEMPEÑO DE CONSEJERO REGIONAL O REGIDOR MUNICIPAL

Conforme a la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, al profesor que es electo como consejero regional o como regidor municipal respectivamente, en atención al interés común del servicio educativo, se le concede hasta un (1) día de trabajo mensual de licencia con goce de remuneraciones, por el tiempo que dure su mandato.

Mientras ejerzan su función como consejero regional o regidor municipal, el profesor no puede ser reasignado sin su consentimiento.

 LICENCIA SIN GOCE DE REMUNERACIONES


  • Está condicionada a la conformidad institucional.
  • Se debe tener en cuenta la necesidad del servicio educativo.
  • Por razón del servicio, la solicitud de licencia puede ser denegada, diferida o reducida.
  • La sola presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia.
  • El Profesor debe contar con más de un (1) año de servicios remunerados en condición de nombrado, para solicitar licencia.
  • Procede atender la petición del profesor de dar por concluida su licencia sin goce de remuneraciones antes del periodo solicitado, debiendo retomar sus funciones.

POR MOTIVOS PARTICULARES

Puede solicitar licencia hasta por dos (2) años continuos o discontinuos considerando acumulativamente todas las licencias en un período de cinco (5) años contados a partir de la fecha de su nombramiento.

POR CAPACITACIÓN NO OFICIALIZADA

Por estudios de capacitación en el país o el extranjero relacionado con su función, sin el auspicio o propuesta del Ministerio de Educación o del gobierno regional hasta por seis (6) meses.

Por desempeño de funciones públicas o cargos de confianza

Por desempeño de funciones públicas por elección o cargos públicos rentados, o por asumir cargos políticos o de confianza. Su vigencia es mientras permanezca en el cargo asumido.

POR ENFERMEDAD GRAVE DE LOS PADRES, CÓNYUGE, CONVIVIENTE O HIJOS

Por enfermedad grave de los padres, cónyuge, conviviente reconocido judicialmente o hijos hasta por seis (6) meses. Se adjuntará el diagnóstico médico que acredite el estado de salud grave del familiar.

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DRE Cusco - Resultado Final de la Prueba Unica Nacional y Relacion de postulantes Habilitados para etapa Descentralizada de Nombramiento Docente 2017



DRE Cusco -  Resultado Final de la Prueba Única Nacional y 
Relacion de postulantes Habilitados para etapa 
Descentralizada de Nombramiento Docente 2017




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DRE Huancavelica - Resultado Final de la Prueba Unica Nacional y Relacion de postulantes Habilitados para etapa Descentralizada de Nombramiento Docente 2017



DRE Huancavelica - Resultado Final de la Prueba Única Nacional 
y Relacion de postulantes Habilitados para etapa 
Descentralizada de Nombramiento Docente - 2017




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DRE Huanuco Resultado Final de la Prueba Unica Nacional y Relacion de postulantes Habilitados para etapa Descentralizada de Nombramiento Docente 2017



DRE Huanuco -  Resultado Final de la Prueba Única Nacional 
y Relación de postulantes Habilitados para etapa 
Descentralizada de Nombramiento Docente 
2017




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Cuadro de Merito EBR Nombramiento Inicial - Lima Metropolitana 2017



CUADRO DE MERITO EBR NOMBRAMIENTO- INICIAL - LIMA METROPOLITANA 2017

Los siguientes resultados se recomienda compararlo con los resultados oficiales de MINEDU, debido a que fue obtenido en base a un programa determinado.



Descargar:      Cuadro de Merito EBR Nombramiento Inicial - Lima Metropolitana 2017  

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Relacion de Postulantes Habilitados para la Etapa Descentralizada del concurso de Nombramiento



Material Educativo para Docente informándole lo mas actual en cuanto a Educación se refiere.



Relación de Docentes clasificados a la Etapa Descentralizada organizado por regiones donde rindieron la Prueba Única Nacional

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MINEDU - Resultados Finales de la Prueba Nacional Y Relacion de Postulantes Habilitados para Etapa Descentralizada Nombramiento Docente 2017



MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU 

Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas de Educación Básica 2017
R. S. G. Nº 018-2017-MINEDU
www.minedu.gob.pe


Según el cronograma (R. M. Nº 231-2017-MINEDU), los resultados finales individuales obtenidos en la Prueba Única Nacional y de la relación de postulantes habilitados para pasar a la etapa descentralizada correspondiente al proceso de nombramiento docente.

CRONOGRAMA

04/07/2017
Publicación de resultados finales individuales obtenidos en la Prueba Única Nacional y de la relación de postulantes habilitados para pasar a la etapa descentralizada del Concurso de Nombramiento, en el portal institucional del Minedu.



07/07/2017
Publicación de plazas puestas a concurso para nombramiento.

CONSULTA INDIVIDUAL

Revise el puntaje obtenido en la Prueba Única Nacional y su ficha de respuestas. Para acceder, ingrese al siguiente enlace:

https://evaluaciondocente.perueduca.pe/nmcd_consulta/


MINEDU: PAGINA WEB DEL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO Y CONTRATACION DOCENTE

www.evaluaciondocente.perueduca.pe/nombramiento-contratacion-2017
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Mas de 160 mil Profesores Contratados Recibiran Incremento de Remuneraciones desde Agosto - 2017




Algo que esperaban los Profesores Contratados la, siguiente informacion tiene que ver con el aumento de remuneraciones por los servicios prestados.

Más de 160 mil profesores públicos contratados recibirán un incremento de remuneraciones de hasta S/ 536, como parte de las medidas que impulsa el Ministerio de Educación (Minedu) para mejorar las condiciones de trabajo de los maestros en el marco de la revalorización de la carrera docente.

 Según el Decreto Supremo N° 191-2017-EF publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el incremento beneficiará a todos los profesores contratados, quienes nivelarán su jornada de trabajo y sueldo con los profesores nombrados de la primera escala de magisterial.

 El aumento se otorgará a partir del mes de agosto de este año. Pasarán de ganar S/ 1554 a S/ 1780 los profesores de Educación Básica Regular y Especial de los niveles de inicial y primaria, al igual que para los profesores de Educación Básica Alternativa del Ciclo Inicial/Intermedio y los de Educación Técnico Productiva, quienes mantendrán su jornada laboral de 30 horas.

 Los profesores de Educación Básica Regular del nivel secundaria ganarán S/1780. Antes recibían S/ 1243.

Asimismo, se aumentará de S/ 1243 a S/ 1543 la remuneración de los profesores de Educación Básica Alternativa (EBA).

 En el caso de los profesores coordinadores de los programas no escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI), de la Oficina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC) y de la Oficina de Educación Católica (ODEC) pasarán de S/ 2073 a S/2374. “Este aumento en las remuneraciones de los profesores contratados es parte del compromiso del Minedu con la revaloración docente y forma parte de una política de mejora de sus condiciones laborales a nivel nacional”, señala el comunicado del ministerio.

 Este es el primer tramo de un incremento que ofreció el presidente de la República. El segundo tramo se concretará el próximo año cuando todos los docentes nombrados y contratados llegarán a un “piso salarial” de S/ 2000.

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Relacion de Documentos que no se enviaran a la UGEL por los directores - MINEDU



Daniel Anavitarte, director general de Calidad de la Gestión Escolar del Minedu, informó que antes, los directores tenían que tramitar 28 documentos ante la Unidad de Gestión Educativa Local (Ugel) o la Dirección Regional de Educación (DRE) de su jurisdicción.

Aquí les va la relación de Documentos que no se enviaran a la UGEL por los directores  - MINEDU

1. Proyecto Curricular Institucional (PCI)

2. Proyecto Educativo Institucional (PEI)

3. Plan Anual de Trabajo (PAT)

4. Nóminas de matrícula

5. Actas consolidadas de evaluaciones



6. Actas de recuperación

7. Información sobre el excedente y déficit de materiales y recursos educativos en las II.EE.

8. Resolución Directoral que conforma el Comité de Tutoría y Orientación Educativa

9. Informe sobre las acciones de Tutoría y Orientación Educativa

10. Informe de gestión de riesgos de desastres

11. Expediente de autorización de viajes de estudio, jornadas de integración y eventos deportivos y culturales

12. Plan de trabajo de viajes

13. Fichas Resumen contenidas en los Anexos 4-C y 4-F de las Normas y Procedimientos para la Gestión del Banco del Libro de Educación Básica Regular, aprobadas por Resolución Ministerial 401-2008-ED




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